RESOLUCIÓN No. 1/2008
VISTO:La “Proclama” y manifestaciones vertidas por un grupo de socios autodenominados “Centinela”, y que tuvo divulgación pública; y CONSIDERANDO: Que la Asociación Cultural Mandu’ará es una institución de carácter cultural, que tiene como objetivo principal la difusión, revalorización, y estudio de la Cultura e Historia paraguaya, regida por un Estatuto, la Constitución y las Leyes de la República;Que los órganos de dirección de la Asociación son la Asamblea General y Comisión Directiva, esta designada por la Asamblea;Que el Art. 34 inc. d) del Estatuto establece que es atribución de la C.D. constituir comisiones de trabajo y reglamentar el funcionamiento de las mismas; inc. j) estructurar y administrar la asociación, crear y suprimir cargos;Que estando establecidas las autoridades de la Asociación, y nombradas las actuales comisiones de trabajo, se vuelve incompatible con el estatuto la formación de un “grupo” interno, bajo la denominación que sea, y mucho menos con un carácter ideológico, ya que la naturaleza de la Asociación es Cultural, no confesional, política ni ideológica; siendo estas cuestiones potestad exclusiva y excluyente de la C.D., ó en su caso, la Asamblea;Que cualquier propuesta de trabajo o inquietudes por parte de los socios debe ser presentada a la C.D. para su consideración, y en su caso, aprobación para su implementación o rectificación de aquellas cuestiones que puedan ser mejorables.Que el Art. 15 del Estatuto establece que son motivos justificados de exclusión de un socio a) El incumplimiento de los estatutos, sus modificaciones, Reglamentos internos, de las resoluciones de la Asamblea General de Socios y de la Comisión Directiva, por su gravedad impidan el cumplimiento de los fines de la Asociación o perjudiquen gravemente el desarrollo de sus actividades o fines b) La realización de actos o la materialización de hechos contrarios a los fines y objetivos específicos de la Asociación;
(FIRMADO): FABIAN ALBERTO CHAMORRO; EDGAR CACERES; JOSE LUIS ACOSTA; ADRIANA NOELIA BENITEZ; MARIA DE LOURDES ALMADA; EDUARDO NAKAYAMA; CARLOS VON HOROCH.