martes, 30 de diciembre de 2008

Resolución 01/2008


Asunción, 27 de diciembre de 2008.-

RESOLUCIÓN No. 1/2008

VISTO:La “Proclama” y manifestaciones vertidas por un grupo de socios autodenominados “Centinela”, y que tuvo divulgación pública; y CONSIDERANDO: Que la Asociación Cultural Mandu’ará es una institución de carácter cultural, que tiene como objetivo principal la difusión, revalorización, y estudio de la Cultura e Historia paraguaya, regida por un Estatuto, la Constitución y las Leyes de la República;Que los órganos de dirección de la Asociación son la Asamblea General y Comisión Directiva, esta designada por la Asamblea;Que el Art. 34 inc. d) del Estatuto establece que es atribución de la C.D. constituir comisiones de trabajo y reglamentar el funcionamiento de las mismas; inc. j) estructurar y administrar la asociación, crear y suprimir cargos;Que estando establecidas las autoridades de la Asociación, y nombradas las actuales comisiones de trabajo, se vuelve incompatible con el estatuto la formación de un “grupo” interno, bajo la denominación que sea, y mucho menos con un carácter ideológico, ya que la naturaleza de la Asociación es Cultural, no confesional, política ni ideológica; siendo estas cuestiones potestad exclusiva y excluyente de la C.D., ó en su caso, la Asamblea;Que cualquier propuesta de trabajo o inquietudes por parte de los socios debe ser presentada a la C.D. para su consideración, y en su caso, aprobación para su implementación o rectificación de aquellas cuestiones que puedan ser mejorables.Que el Art. 15 del Estatuto establece que son motivos justificados de exclusión de un socio a) El incumplimiento de los estatutos, sus modificaciones, Reglamentos internos, de las resoluciones de la Asamblea General de Socios y de la Comisión Directiva, por su gravedad impidan el cumplimiento de los fines de la Asociación o perjudiquen gravemente el desarrollo de sus actividades o fines b) La realización de actos o la materialización de hechos contrarios a los fines y objetivos específicos de la Asociación;
Por tanto, la C.D. de la Asociación Cultural Manduará, reunida en sesión extraordinaria,RESUELVE:
1. ACLARAR que la Asociación Cultural Mandu’ará tiene como objetivo el estudio y difusión de todo el periodo histórico y cultural del Paraguay, incluyendo el periodo pre-colombino inclusive, no solamente un aspecto de su historia, y no toma partido en forma oficial por cualesquiera de las corrientes históricas ni ideológicas que han surgido a lo largo de su historia;
2. ACLARAR que solamente la C.D. puede crear grupos de trabajo, siendo potestad de la Asamblea General la creación de Comités y la designación de sus Coordinadores;
3. ADVERTIR a todos los socios que un comportamiento contrario a los fines de la Asociación, y el incumplimiento de los Estatutos, traerá aparejado la aplicación de las sanciones previstas en el Estatuto;
4. EXHORTAR a los socios a mantener la unidad del grupo, basados en el respeto, la tolerancia, apertura y trabajar todos juntos por los fines comunes para los que fue creada la Asociación.

(FIRMADO): FABIAN ALBERTO CHAMORRO; EDGAR CACERES; JOSE LUIS ACOSTA; ADRIANA NOELIA BENITEZ; MARIA DE LOURDES ALMADA; EDUARDO NAKAYAMA; CARLOS VON HOROCH.

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